*De acuerdo con la revisión de la Cuenta Pública 2019, Marcelo Ebrard, titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, tiene pendiente por aclarar mil 517,786.60 millones de pesos
*Gestión Financiera señaló que la Causa Raíz Probable de la Irregularidad fue la falta de supervisión en la documentación que acredite el ejercicio del recurso federal
Redacción / Grupo Sol Corporativo
Ciudad de México. – De acuerdo con la revisión de la Cuenta Pública 2019, realizada por la Auditoría Superior de la Federación (ASF), Marcelo Ebrard, titular de la Secretaría de Relaciones Exteriores, tiene pendiente por aclarar mil 517,786.60 millones de pesos.
Así lo determinó la Auditoría De Cumplimiento: 2019-0-05100-19-0014-2020/14-GB aplicada a la Gestión Financiera en donde se señala que la Causa Raíz Probable de la Irregularidad fue la falta de supervisión en la documentación que acredite el ejercicio del recurso federal.
Contratos números SRE-DRM-AD-57-2/16 y SRE-DRM-AD-15-19 “Servicio para el desarrollo, actualización, mantenimiento y soporte de aplicaciones para la Dirección General de Tecnologías de Información e Innovación y Representaciones de México en el Exterior”.
Se analizó la información del contrato número SRE-DRM-AD-57-2/16 celebrado con INFOTEC Centro de Investigación e Innovación en Tecnologías de la Información y Comunicación (INFOTEC), mediante el procedimiento de adjudicación directa, de conformidad con los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1° de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 4o de su Reglamento, con vigencia del 7 de noviembre de 2016 al 6 de noviembre de 2018, por un monto mínimo de 28,342.7 millones de pesos y máximo de 70,856.2 millones de pesos, para la prestación del servicio de desarrollo, actualización y mantenimiento de aplicaciones; el 31 de julio de 2018 se suscribió el segundo convenio modificatorio mediante el cual se incrementó el monto máximo a 85,027.4 millones de pesos y se amplió el plazo hasta el 31 de marzo de 2019; durante el ejercicio 2019 se efectuaron pagos por 6,855.6 millones de pesos.
Adicionalmente, se analizó el contrato número SRE-DRM-AD-15-19 celebrado con INFOTEC mediante el procedimiento de adjudicación directa, de conformidad con los mismos artículos del contrato anterior para la continuidad del servicio, con vigencia del 1 de abril al 31 de diciembre de 2019, por un monto mínimo de 30,000.0 millones de pesos y máximo de 75,000.0 millones de pesos; el 4 de diciembre de 2019 se suscribió el segundo convenio modificatorio mediante el cual se amplió la vigencia hasta el 31 de marzo de 2020; durante el ejercicio 2019 se efectuaron pagos por 53,571.8 millones de pesos, y se determinó lo siguiente.

Alcance del servicio
La SRE brinda atención telefónica y tecnológica a 25 sedes delegacionales en México en las cuales se realiza la expedición de pasaportes; además, atiende a más de 200 oficinas fuera del territorio nacional para la operación de 52 trámites de política exterior, por lo cual requirió la contratación de los servicios proporcionados por INFOTEC para la consolidación del soporte técnico, administrativo, mantenimiento y desarrollo de sistemas informáticos, desde el levantamiento de los requerimientos, análisis, diseño, desarrollo, implementación y estabilización de los sistemas de información de las distintas unidades administrativas y representaciones de la SRE, tanto en territorio nacional como en el extranjero; la prestación de los servicios se encuentra integrada por el aprovisionamiento de recursos humanos de soporte técnico especializado, administrativo y de desarrollo denominado Equipo de Trabajo Base, así como por el desarrollo de aplicaciones bajo demanda.
Con la revisión del contrato número SRE-DRM-AD-06/18, su convenio modificatorio, y de una muestra revisada correspondiente a las listas de asistencia de los servicios otorgados en 25 inmuebles del mes de noviembre del 2018 por un monto de 1,116.7 millones de pesos, se observó que de las 30 listas de asistencia, 25 de éstas carecen de nombre y firma del prestador de servicios, así como de los servidores públicos responsables y del Administrador del Contrato, y de estas últimas, 12 listas tampoco cuentan con el sello de las delegaciones foráneas donde se prestaron los servicios, en incumplimiento a los artículos 1, párrafo segundo de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 7, fracción I, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y numeral 6.1 Consignas específicas, del Anexo Técnico del contrato núm. SRE/DRM-AD-06/18.
Con la revisión de la documentación que acreditó los pagos efectuados, se determinó que en los contratos números SRE-DRM-AD-06/18 y su convenio modificatorio y al segundo y tercero convenios modificatorios al contrato núm. SRE-DRM-AD-05/18, se presentaron 24 actas de entrega recepción que acreditan la validación de los servicios firmadas por los administradores del contrato de las unidades responsables y el prestador del servicio; no obstante, carecen de los sellos de las unidades responsables, lo cual estaba establecido en dichos contratos.
En el procedimiento de licitación del contrato núm. SRE-DRM-LP-06/19 se permitió que se presentara la propuesta de 5 empresas en participación conjunta, en la que se determinó que la empresa We Keep on Moving, S.A. de C.V. sería la representante ante la dependencia, y se obligan y comprometen a cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria, para lo cual, para cumplir con la propuesta, debieron presentar la documentación legal, administrativa y complementaria, de cuyo análisis se determinaron las inconsistencias siguientes:
a) Respecto de las obligaciones del participante “B”, la empresa Aurus Nivel Total, S. de R.L. de C.V. no se presentó evidencia de lo siguiente: el currículum del personal para la administración de los servicios especializados, acreditando una experiencia de 3 años o más y de acuerdo con los perfiles requeridos; el título y la cédula de las personas encargadas de la administración de los servicios; la acreditación del personal encargado de administrar el contrato, como son los enlaces y/o los sustitutos, quienes debieron contar con cursos de capacitación en materia de seguridad social, fiscal, laboral y administración del personal impartidos en el periodo 2017- 2019; y la acreditación de al menos dos personas con certificación ITIL FOUNDATION (Metodología de gestión mediante prácticas estandarizadas para mejorar la prestación de un servicio).
b) Respecto de las obligaciones del participante “C”, la empresa Imago Centro de Inteligencia de Negocios, S.A. de C.V. no se proporcionó lo siguiente: el informe mediante el cual se informó a la SRE la marca y modelo de los equipos para la prestación del servicio; la acreditación de la capacidad económica mediante los Estados Financieros Dictaminados; la acreditación del sistema informático en la cual se debió presentar la licencia y el manual de usuario; la acreditación de la experiencia prestando servicios similares mediante copia de 1 hasta 5 contratos celebrados con institución pública o empresa privada; y la acreditación del mayor número de contratos cumplidos con su respectiva liberación o cancelación de garantías, o bien, con la carta de satisfacción del contratante.
c) Respecto de las obligaciones del participante “D”, la empresa Gurges Implementación de Negocios, S.A. de C.V. no se proporcionó lo siguiente: el currículum del personal para la administración de los servicios especializados, acreditando una experiencia de 3 años o más y de acuerdo con los perfiles requeridos; el título y la cédula de las personas encargadas de la administración de los servicios; la acreditación del personal encargado de administrar el contrato, como son los enlaces y/o los sustitutos, quienes debieron contar con cursos de capacitación en materia de seguridad social, fiscal, laboral y administración del personal impartidos en el periodo 2017-2019; la acreditación del personal con discapacidad en una proporción de al menos 5% del total de la plantilla de empleados; la producción de bienes con innovación tecnológica relacionados con el objeto del servicio demostrándolo con la constancia emitida por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; y la certificación en igualdad laboral y no discriminación, acreditándola mediante copia del certificado vigente en cumplimiento a la norma NMX-R-025-SCFI-2015 emitida por la Secretaría de Economía.
Se seleccionaron, para su revisión, 14 partidas presupuestales de las que se revisó una muestra de 7,539,304.6 millones de pesos que representó el 91.6% del presupuesto total ejercido en dichas partidas por 8,230,979.6 millones de pesos.
11301 Sueldos base Importe Revisado 340,255.8 millones de pesos
11401 Retribuciones por adscripción en el extranjero Importe Revisado 2,510,320.6 millones de pesos
12101 Honorarios Importe Revisado 8,752.3 millones de pesos
15402 Compensación garantizada Importe Revisado 359,198.1 millones de pesos
32201 Arrendamiento de edificios y locales Importe Revisado 15,146.4 millones de pesos
33104 Otras asesorías para la operación de programas Importe Revisado 125,335.4 millones de pesos
33301 Servicios de desarrollo de aplicaciones informáticas Importe Revisado 60,391.5 millones de pesos
33801 Servicios de vigilancia Importe Revisado 60,267.4 millones de pesos
33901 Subcontratación de servicios con terceros Importe Revisado 146,253.8 millones de pesos
33903 Servicios integrales Importe Revisado 661,759.1 millones de pesos
37701 Instalación del personal federal Importe Revisado 12,453.7 millones de pesos
39902 Gastos de las oficinas del Servicio Exterior Mexicano Importe Revisado 2,959,381.5 millones de pesos
44102 Gastos por servicios de traslado de personas Importe Revisado 197,023.8 millones de pesos
58903 Bienes inmuebles por arrendamiento financiero Importe Revisado 82,334.6 millones de pesos
Los recursos objeto de revisión en esta auditoría se encuentran reportados en la Cuenta de la Hacienda Pública Federal el Ejercicio 2019, en el Tomo III, apartado Información Presupuestaria en el “Estado Analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos en Clasificación Económica y por Objeto del Gasto” correspondiente al Ramo 05 Relaciones Exteriores, capítulos 1000, “Servicios Personales”, 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles”.
La SRE, en el transcurso de la auditoría, y con motivo de la intervención de la Auditoría Superior de la Federación, proporcionó oficio de fecha 1 de diciembre de 2020 mediante el cual, el Director General del Servicio Exterior y de Recursos Humanos remitió a la SFP, nuevamente, la propuesta del Reglamento Interior de la SRE con el fin de que se armonice con las nuevas disposiciones legales para obtener el dictamen organizacional de la SFP; lo anterior derivó de la reducción de una subsecretaría de la estructura orgánica, por lo que una vez que se cuente con el dictamen, se procederá a la publicación en el DOF del citado Reglamento, y posteriormente, a la actualización y registro de la estructura orgánica, del Manual de Organización General, y los manuales de Organización Específicos y de Procedimientos; por lo anterior se atiende lo observado.
- Se comprobó que el 14 de enero de 2019, la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) notificó a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal su presupuesto original autorizado y su calendario de gasto 2019, por lo que, a su vez, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), el 14 de enero de 2019, publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) su calendario de presupuesto autorizado por unidad administrativa responsable por 8,532,283.9 millones de pesos.
Por su parte, la SRE reportó en el Estado del Ejercicio del Presupuesto al 31 de diciembre de 2019 en los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” un presupuesto original por 7,918,828.5 millones de pesos, ampliaciones por 19,723,020.9 millones de pesos y reducciones por 15,932,400.6 millones de pesos, de lo que resultó un presupuesto modificado por 11,709,448.8 millones de pesos, economías por 0.3 millones de pesos y un presupuesto ejercido por 11,709,448.5 millones de pesos.
1000 Servicios personales. Presupuesto Ejercido. 4,327,865.4 millones de pesos
3000 Servicios Generales 5,374,798.3 millones de pesos
4000 Transferencias, asignaciones, subsidios y otras ayudas 1,782,343.8 millones de pesos
5000 Bienes muebles, inmuebles e intangibles 224,441.0 millones de pesos
Asimismo, se comprobó que el presupuesto modificado se sustentó en adecuaciones presupuestarias que se tramitaron, registraron y autorizaron mediante el Módulo de Adecuaciones Presupuestarias (MAP) y en el Sistema para el Proceso Integral de Programación y Presupuesto (SPIPP), ambos de la SHCP; también, se comprobó que los montos de los rubros del presupuesto original, modificado, devengado y ejercido reportados a la SHCP para el cierre de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2019 coincidieron con los registrados por la SRE en el Estado del Ejercicio del presupuesto al 31 de diciembre de 2019.
Se seleccionaron, para su revisión, 14 partidas presupuestarias correspondientes a los capítulos 1000 “Servicios Personales”, 3000 “Servicios Generales”, 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y Otras Ayudas” y 5000 “Bienes Muebles, Inmuebles e Intangibles” que ejercieron un monto total por 8,230,979.6 millones de pesos, de las cuales se revisó un monto por 7,539,304.6 millones de pesos que representan el 91.6% del total ejercido en dichas partidas,
Sobre el particular, se constató que para el ejercicio 2019, la SRE emitió 3,754 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) por 8,311,394.7 millones de pesos con cargo al presupuesto en las partidas antes citadas, y reintegros efectuados a la Tesorería de la Federación (TESOFE) por 80,415.1 millones de pesos, de lo que resultó en un presupuesto ejercido mediante CLC de 8,230,979.6 millones de pesos. Asimismo, se verificó que dichas CLC cumplieron con lo establecido en la normativa y fueron registradas en el Sistema Integral de Administración Financiera Federal (SIAFF), y en el Sistema de Contabilidad y Presupuesto (SICOP), en tiempo y forma. Sin embargo, de los reintegros efectuados por 80,415.1 millones de pesos durante el ejercicio 2019, se observó que en 153 casos, por un monto de 10,736.0 millones de pesos, éstos se efectuaron entre 2 y 40 días naturales posteriores a los 15 días siguientes del cierre del ejercicio; además, no se proporcionó evidencia del entero a la TESOFE correspondientes a las cargas financieras determinadas por el reintegro extemporáneo, en incumplimiento a los artículos 1, párrafo segundo, y 54, párrafo tercero, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 7, fracción I, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; y 85, párrafo segundo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Por otra parte, con la revisión de las pólizas contables emitidas por el Sistema de Contabilidad Gubernamental de los recursos con cargo a las partidas presupuestales seleccionadas para su revisión, se verificó que éstas se registraron en las cuentas correspondientes y conforme a la fecha de su realización, y que se ajustaron al plan de cuentas emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC).
Promoción de Responsabilidad Administrativa 2019-9-05514-19-0014-08-001
La Auditoría Superior de la Federación emite la Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria para que el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Relaciones Exteriores o su equivalente realice las investigaciones pertinentes y, en su caso, inicie el procedimiento administrativo correspondiente por las irregularidades de los servidores públicos que, en su gestión, no verificaron que se efectuará el entero a la Tesorería de la Federación (TESOFE) de las cargas financieras determinadas por el entero extemporáneo de 153 reintegros por 10,736.0 millones de pesos efectuados a la TESOFE después de los 15 días siguientes al cierre del ejercicio, en incumplimiento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Artículos 1, párrafo segundo, 54, párrafo tercero; de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, Artículo 7, fracción I y del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Artículo 85, párrafo segundo.
Respecto de los recursos ejercidos con cargo a las partidas presupuestales 11301 “Sueldos base”, 11401 “Retribuciones por adscripción en el extranjero”, 12101 “Honorarios” y 15402 “Compensación garantizada” por 3,218,526.8 millones de pesos, se conoció que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) efectuó pagos al personal que ocupó 3,402 plazas, las cuales se pagaron de acuerdo con los montos señalados en los tabuladores validados y autorizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP). Sobre el particular, se efectuó la conciliación de los importes señalados en las bases de datos correspondientes a la nómina aplicable al ejercicio 2019, en los rubros de las partidas revisadas, contra lo reportado como ejercido en el Estado del Ejercicio del Presupuesto (EEP), de cuyos resultados se determinaron diferencias.
Como se aprecia en el cuadro anterior, se identificó que el importe reportado en las nóminas emitidas de las partidas presupuestales 11301, 12101 y 15402 es mayor por 218.7, 316.0 y 168,840.1 millones de pesos, respectivamente, al importe registrado como ejercido en el EEP, en incumplimiento a los artículos 1, párrafo segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 42 y 43 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; y 7, fracción I, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y 10, último párrafo, del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Respecto de las percepciones obtenidas por los servidores públicos con nivel de mando superior del Servicio Exterior Mexicano (SEM) con cargo a las partidas 11301 y 11401 (percepciones ordinarias sin prestaciones), se comprobó que 415 servidores públicos recibieron percepciones por un total de 832,728.1 millones de pesos, los cuales rebasaron la remuneración obtenida por el C. Presidente de la República, que en su conjunto, oscilan entre 13.6 y 2,825.6 millones de pesos.
Con el análisis de la base de datos de la nómina de sueldos y prestaciones del personal de carrera del SEM del ejercicio 2019, se verificó que las prestaciones de «Ayuda para el Pago de Educación», «Ayuda para el Pago del Alquiler de Vivienda» y «Compensación por Concepto de Encargaduría», se encuentran registrados en la partida 11401 denominada «Retribuciones por Adscripción en el Extranjero», de conformidad con el Clasificador por Objeto del Gasto emitido por la SHCP el 26 de junio de 2018; no obstante, la SRE efectuó los pagos de dichas prestaciones de conformidad con la “Norma que Regula el Pago de Sueldos y Prestaciones al Personal de Carrera del Servicio Exterior Mexicano y al Asimilado a éste; Radicado en el Extranjero” del 1° de marzo del 2000, el cual no se encuentra vigente toda vez que refiere a prestaciones que se encuentran consideradas en la partida 3811 “Asignaciones por radicación en el extranjero”. Al respecto, la SER proporcionó las “Disposiciones Específicas que regulan las asignaciones y prestaciones del personal de carrera, temporal y asimilado del Servicio Exterior Mexicano», elaborado el 13 de enero de 2020, el cual establece las partidas actualizadas de conformidad con el clasificador referido; no obstante, no se encuentra autorizado por la SHCP.
Sobre el particular, la Dirección General Adjunta de Programación y Presupuesto de la SRE, mediante oficios de fechas 16 de enero y 22 de junio de 2020, solicitó a la Dirección General Adjunta de Programación y Presupuesto de Servicios de la SHCP realizar las gestiones al interior de dicha secretaría, con el propósito de obtener el dictamen de autorización de dichas disposiciones; no obstante, a la fecha de la auditoría (noviembre 2020), no ha sido autorizado.
Se identificó que en el catálogo de puestos no se establecen las plazas de honorarios.
Se realizaron pagos por 6,145.3 millones de pesos correspondientes a las partidas 11301, 11401 y 15402, los cuales fueron devengados en los ejercicios 2015, 2016, 2017 y 2018, no obstante, no fueron considerados en el pasivo circulante y, por ende, no fueron registrados como Adeudos de Ejercicios Fiscales Anteriores (ADEFAS) en los cierres de dichos ejercicios, por lo que se ejercieron con recursos del ejercicio 2019.
Por otra parte, se llevó a cabo la revisión documental de una muestra seleccionada de 100 expedientes del personal adscrito a la Cancillería y al Servicio Exterior Mexicano (SEM) y de Carrera, así como de personal de Honorarios que recibieron pagos por 192,329.4 millones de pesos en el ejercicio 2019, integrados conforme a lo establecido en el Catálogo de Disposición Documental, emitido por la Coordinación de Archivos de la Secretaría de Relaciones Exteriores vigente en 2019, de lo cual se determinaron las inconsistencias siguientes:
a) En 37 casos, no se contó con la Clave Única de Registro de Población
b) En 9 casos, no se contó con el Registro Federal de Contribuyentes.
c) En 18 casos, no se contó con la credencial del INE.
d) En 12 casos, no se contó con la cartilla militar.
e) En 32 casos, no se contó con el Curriculum Vitae.
f) En 5 casos, no se contó con el comprobante de estudios.
g) En 31 casos, no se contó con la Cédula Profesional.
h) En 36 casos, no se proporcionó el comprobante de domicilio.
i) En 25 casos, no se contó con la carta de manifiesto de la no compatibilidad de empleo.
j) En 33 casos, no se contó con el acta de nacimiento de los dependientes económicos.
k) En 18 casos, no se contó con copia del pasaporte diplomático.
Lo señalado en los incisos a) al k) incumplieron los artículos 1, párrafo segundo, de la LFPRH; 42 y 43 de la LGCG; y ficha técnica de valoración documental, numeral 13 “Actividades inherentes a la serie”, actividad 2 “Soporte” del Catálogo de Disposición Documental emitido por la Coordinación de Archivos de la Secretaría de Relaciones Exteriores en 2018.
l) En la contratación de un prestador de servicio por honorarios para realizar actividades de apoyo de comunicación al que se le pagaron 188.7 millones de pesos, en su informe presentado reportó que efectuó actividades relacionadas con la orientación nutricional.
Cabe señalar que en la misma área también prestó servicios su hermana, quien estuvo contratada para realizar actividades relacionadas con la orientación nutricional.
En respuesta a la presentación de resultados finales, la SRE proporcionó el informe del mismo periodo que reporta las actividades corregidas de conformidad con el contrato, en el que la firma de dicho prestador de servicios no es consistente con la de su credencial para votar, en incumplimiento del artículo 1, párrafo segundo, de la LFPRH; 42 de la LGCG; y cláusula décima de los Contratos de Prestación de Servicios Profesionales por honorarios números 28 y 43.


